Subvenciones destinadas a las asociaciones de estudiantes sin ánimo de lucro para el curso académico 2009/2010
Lunes, 07 de Diciembre de 2009 17:00
Es objeto de la presente Orden convocar las subvenciones destinadas a las asociaciones de estudiantes sin ánimo de lucro durante el curso académico 2009/2010, de acuerdo con lo establecido para esta línea de ayuda en el Decreto 188/2008, de 23 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, sociedad de la información y enseñanza superior. Las subvenciones se regirán por esta convocatoria y por lo previsto en el citado Decreto y en el resto de la normativa estatal o autonómica aplicable a las subvenciones otorgadas por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. Se considerarán actuaciones subvencionables aquéllas que, desarrollándose durante el curso académico 2009/2010, tengan como finalidad la consecución y/o difusión de los siguientes objetivos: a) El fomento y la difusión de la ciencia y la cultura, mediante el estímulo de la actividad intelectual en todos los ámbitos de la sociedad. b) La promoción de la aplicación del conocimiento al progreso y al bienestar de la sociedad y sus ciudadanos, especialmente en Aragón. c) El fomento del principio de movilidad de los estudiantes. d) La promoción de la calidad y la competitividad en las actividades universitarias y la mejora del sistema educativo en su conjunto. e) La construcción de un marco de pensamiento en el que los derechos humanos, la solidaridad, el desarrollo sostenible y la paz sean objeto de investigación, formación y difusión en todos sus ámbitos. f) La defensa y promoción de principios y valores democráticos y constitucionales. Concretamente, en la presente convocatoria 2009/2010, y en consonancia con el apartado 1. b), la Comisión de Valoración ponderará con un punto más aquellas propuestas que tengan como objetivo las acciones de sensibilización o actuaciones dirigidas hacia la mejora de la seguridad vial entre la comunidad universitaria, y especialmente los estudiantes universitarios. Las actuaciones subvencionables, además de perseguir la citada finalidad, necesariamente consistirán en: a) La elaboración y publicación de estudios y trabajos. b) La realización de debates. c) La celebración de jornadas de difusión de los referidos objetivos y valores. d) La convocatoria de premios que contribuyan a la consecución de dicha finalidad. e) La organización de cursos. Las actuaciones subvencionables deberán llevarse a cabo en el plazo comprendido entre la fecha de inicio del curso académico 2009/2010 y el 15 de julio de 2010.Convocante:Gobierno de Aragón. Departamento de Ciencia, Tecnología y UniversidadPlazo:El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 21 de diciembre de 2009.

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