Convocatoria concesión de ayudas para proyectos de investigación en salud.
Viernes, 20 de Mayo de 2011 17:00
Constituye el objeto de esta convocatoria la concesión, mediante concurrencia competitiva, de ayudas para la realización de Proyectos de Investigación en Biomedicina y Ciencias de la Salud. Segunda. Actividades subvencionables. Legislación aplicable. Las ayudas se concederán para la realización de trabajos de investigación en el marco de las Ciencias de la Salud. Los trabajos de investigación deberán respetar los principios fundamentales establecidos en la Declaración de Helsinki, el Convenio del Consejo de Europa relativo a los derechos humanos y la biomedicina y la Declaración Universal de la Unesco sobre el genoma humano y los derechos humanos, así como cumplir lo establecido en la Ley 14/2007, de Investigación Biomédica y el resto de la legislación española en el ámbito de la bioética, la investigación biomédica y la protección de datos de carácter personal. Los proyectos se atendrán a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes y a las que los modifiquen o desarrollen, y en concreto: a) Los proyectos que impliquen la investigación en humanos o la utilización de muestras biológicas de origen humano deberán respetar lo establecido en la Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación Biomédica y demás legislación vigente sobre la materia. b) Los proyectos que impliquen experimentación animal deberán atenerse a lo dispuesto en la normativa legal vigente y, en particular, en el Real Decreto 1201/2005, de 10 de octubre, sobre protección de los animales utilizados para experimentación y otros fines científicos, y la Ley 32/2007, de 7 de noviembre, para el cuidado de los animales en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio. c) Los proyectos que impliquen la utilización de organismos modificados genéticamente deberán atenerse a lo dispuesto en la Ley 9/2003, de 25 de abril, sobre la Utilización. Confinada, Liberación Voluntaria y Comercialización de Organismos Modificados Genéticamente, y en su normativa de desarrollo. d) Los proyectos que impliquen la utilización de agentes biológicos, deberán ajustarse a lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y en los Reales Decretos que la desarrollan en cuanto a los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos. e) Los proyectos que comporten ensayos clínicos deberán cumplir con lo previsto en el Real Decreto 223/2004, de 6 de febrero. f) Los proyectos de investigación que impliquen la utilización de células troncales embrionarias humanas o líneas celulares derivadas de ellas, así como los proyectos de investigación que impliquen la utilización de células y tejidos de origen humano en el campo de la medicina regenerativa deberán ajustarse a lo dispuesto en la Ley 14/2007, de 3 de julio, sobre Investigación Biomédica y en el Real Decreto 2132/2004, de 29 de octubre, por el que se establecen los requisitos y procedimientos para solicitar el desarrollo de proyectos de investigación con células troncales obtenidas de preembriones sobrantes, así como al resto de la normativa legal vigente. Convocante:Secretaría General de la Consejería de Salud y Bienestar SocialPlazo:El plazo de presentación de solicitudes será de 45 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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